EDICIÓN NÚMERO 308 ABRIL 2024

avionCarga286

El Servicio de Aduanas ha puesto a disposición de la comunidad aduanera un borrador de resolución que introduce modificaciones a los documentos de base que el importador deberá acreditar para los fines de su nacionalización. Específicamente, se trata de la Lista de Empaque que, de acuerdo a las nuevas instrucciones de Aduanas, sería exigible para todas las operaciones aéreas, situación que no ocurre en la actualidad, ya que en muchos casos no se cuenta con esta, sobre todo en embarques pequeños.

Si bien el prospecto de resolución dispone que este documento no sería exigible en el caso de que la factura comercial contenga todos los datos que son propios de una lista de empaque, esta situación podría acarrear más de un inconveniente al momento del desaduanamiento.

Entendiendo que Aduanas para administrar de mejor forma sus tareas de fiscalización le es necesario disponer de una Lista de Empaque, hay que considerar y ponderar debidamente que cualquier requerimiento debe estar vinculado con las prácticas comerciales, ya que en muchos casos de envíos aéreos definitivamente no existe dicha lista de empaque.

Es de esperar que Aduanas haga los ajustes necesarios a este borrador de resolución, que fue publicado bajo la modalidad de “Resolución Anticipada” y de forma de que, tal como ocurre en las importaciones marítimas, se den alternativas para poder proceder en los casos mencionados, para evitar una paralización de la gestión aduanera.