EDICIÓN NÚMERO 309 MAYO 2024

Finalmente, y después de casi dos meses desde la vigencia del TLC con Tailandia, en el Diario Oficial del 30.12.2015 apareció publicado el Decreto 154 del 29.10.2015 del Ministerio de Relaciones Exteriores que promulga el Tratado de Libre Comercio. Recordemos que la información que se disponía era que el TLC regía desde el 5 de noviembre pasado; sin embargo era condición indispensable para solicitar la aplicación del arancel preferencial la publicación en el D.O.

Efectuadas las consultas, se informó que el acceso a la rebaja o exención de derechos le corresponderá a todas aquellas importaciones en que la Declaración de Importación haya sido aceptada a trámite por Aduanas a partir del 5 de noviembre de 2015. Asimismo, existirá la posibilidad de solicitar la devolución de derechos para los casos de declaraciones que se encuentren entre el 5 de noviembre y el 30 de diciembre 2015, fecha en que fue oficializada la vigencia del TLC. Ello siempre y cuando se cuente con el respectivo Certificado de Origen, emitido de conformidad con el formato y condiciones que establece el Acuerdo.