EDICIÓN NÚMERO 309 MAYO 2024

Nuestro país pertenece a la Organización Marítima Internacional, entidad que se preocupa por la seguridad y condiciones ambientales. En este sentido, para Chile es obligación suscribir el convenio SOLAS (Safety of Life at Sea). A este convenio, a fines del 2014 se le introdujo una enmienda cuyo objetivo es evitar el sobrepeso de los contenedores y se determinó que a contar del 1 de julio del 2016, el embarcador (exportador) estará obligado a certificar el peso bruto del contenedor cargado que va a ser exportado.

Esta nueva instrucción descarta de plano la estimación del peso, ya que es obligación pesar efectivamente el contenedor y la carga. La exigencia es tan tajante que de no contarse con la certificación del peso del contenedor, este no será embarcado.

Existen dos alternativas para cumplir con la certificación del peso bruto:

1. Después de cargado y sellado el contenedor, el embarcador/exportador puede por sus propios medios –y siempre que se encuentre certificado– pesar el contenedor completo. También existe la posibilidad que el pesaje del contenedor completo lo haga un tercero debidamente acreditado.

2. El embarcador/exportador procede a pesar cada uno de los componentes de la carga, los materiales de estiba y le adiciona la tara del contenedor. Este procedimiento debe efectuarse bajo el estándar de “certificado”.

En una reunión del Comité de Logística de la SOFOFA, la Cámara Marítima y Portuaria (CAMPORT) dio a conocer los problemas que se avecinan y a través de una presentación entregó los detalles de esta nueva normativa, haciendo hincapié en el hecho que existen muchas áreas grises y en donde faltan aclaraciones e instrucciones que deben impartirse. En esta reunión se encontraban representados los principales gremios que intervienen en la cadena logística de las exportaciones.

La Dirección General de Territorio Marítimo y Marina Mercante (DGTM o DIRECTEMAR) es la autoridad en Chile que debe supervisar y dar las instrucciones para que esta nueva norma se cumpla. Existen dudas acerca de cómo se va proceder, en qué condiciones se va a llevar adelante esta obligación de certificar el pesaje; a dos meses de que esto comience a operar es impensable estimar que los exportadores podrán dar cumplimiento en forma cabal a las nuevas exigencias. En muchos casos el tema pasa por adquirir equipamiento y luego certificarlo, lo que por razones de tiempo es prácticamente imposible que los exportadores puedan tenerlos listos el 1 de julio próximo. También es complicado realizar el pesaje en puerto, ya que estos no están preparados para romanear el 100% de los contenedores.

Por ahora ha circulado un borrador de resolución de la DIRECTEMAR que imparte instrucciones, sin embargo esta resolución todavía se encuentra en estudio, por lo que se cree que podrían venir más modificaciones. En todo caso una de las materias que más preocupa a los exportadores es la tolerancia del 1% que establece la resolución para las cargas generales, margen que se considera muy exiguo y que traerá problemas en lo que se conoce como “diferencias de romana”. Para el caso de los productos vivos o de naturaleza orgánica, susceptibles de registrar variaciones sustanciales de masa debido a procesos fisiológicos, la tolerancia será de 10%.

La resolución de DIRECTEMAR señala que el peso bruto lo deberá certificar una empresa acreditada por el Instituto Nacional de Normalización (INN), por lo que debe entenderse que también podrán certificar sus romanas los mismos exportadores.

Un buen embrollo se viene por delante, y si bien en la reunión en la SOFOFA se discutió la posibilidad de prórroga, al parecer no se ve como muy probable que se pueda extender el plazo, pues independientemente de la voluntad de la autoridad chilena, es una materia que emana de un organismo internacional; en consecuencia, cualquier modificación debe venir desde el exterior.

No es un misterio que estos inconvenientes también lo están sufriendo los demás países, pues ha trascendido que ni siquiera las naciones desarrolladas cuentan con la implementación necesaria para pesar el 100% de los contenedores que se exportan.