EDICIÓN NÚMERO 309 MAYO 2024

Con fecha 14 de octubre pasado, fuimos contactados por la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales - DIRECON, a raíz de un artículo publicado en el Pulso 217, que daba cuenta de lo engorroso que podía ser para un exportador la tramitación de un certificado de origen y las crecientes exigencias por parte de los entes certificadores.

En una carta firmada por don Miguel Arévalo, jefe del Departamento de Certificación y Verificación de Origen, nos hacen llegar una serie de comentarios entre los que menciona que “las aduanas de importación están siendo cada vez más rigurosas en materia de fiscalización y verificación de origen, por parte de nuestros socios comerciales”, y que están publicadas en su sitio web las exigencias que deben cumplir los exportadores en el proceso de certificación de origen. Al final de este artículo transcribimos dicha carta.

La verdad es que agradecemos la respuesta y el interés que demuestra DIRECON en esta delicada materia.

Queremos rescatar lo que a nuestro juicio es lo más relevante y es el acercamiento de la autoridad y la intención de reunirnos a conversar en detalle lo que en la actualidad significa la tramitación de un certificado, y abrir de esta manera un canal de comunicación expedito a fin de resolver problemas que puedan enfrentar nuestros exportadores en su comercialización internacional.

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Sr Sergio Cabezas
Gerente Comercial
Browne Agencia de Aduanas
PRESENTE:

En relación a la nota “Certificación de origen: la piedra de tope del proceso exportador”, publicada en la edición 217 del mes de septiembre, me parece que es importante considerar el hecho de que las aduanas de importación están siendo cada vez más rigurosas en materia de fiscalización y verificación de origen, por parte de nuestros socios comerciales. El eje central que rige la labor de DIRECON es, precisamente, evitar que los exportadores puedan enfrentar dificultades en los mercados de destino por errores en la emisión de los certificados de origen, como asimismo, en las posteriores verificaciones de origen. Por lo tanto, se destaca que los procedimientos aplicados en la emisión de certificados de origen, son totalmente apegados a las disposiciones legales comprendidas en los acuerdos negociados y suscritos por Chile, que en la mayoría de ellos, se enfatiza la facultad de las autoridades competentes emisoras para examinar la condición de originaria de los productos por una parte y por otra, el cumplimiento de otros requisitos del Capítulo de Origen.

Los procesos que se llevan a cabo para la correcta emisión de los mismos están claramente señalados en nuestro sitio web: https://www.direcon.gob.cl/certificacion-de-origen/, específicamente en el Menú Procedimientos. Dicho sitio fue creado en el marco de nuestra constante atención a los requerimientos y consultas que se puedan generar en el sector exportador y académico, con el propósito de facilitar la comprensión y proporcionar una guía de trabajo de la certificación de origen, así como incentivar el uso de los Acuerdos Comerciales suscritos, para beneficio del país y sus empresas exportadoras.

En este sitio un usuario puede conocer todos los documentos que se exigen al momento de la emisión de un Certificado. Ahora bien, si el certificador determina que los documentos que se presentan contienen errores de fondo, y que dicho sea de paso siempre son de fondo y no de forma, no puede proceder a la emisión del certificado de origen hasta que se corrijan dichos errores.

Con respecto al comentario de que esta Dirección estaría dudando de la legitimidad de una información de un documento que podría estar poco legible, es importante destacar que no es una práctica frecuente de parte de los exportadores nacionales, siendo hechos aislados. En la medida que se presenten documentos ilegibles y el certificador firma y timbra un certificado de origen, su labor la estaría realizando en forma poco responsable.

Cabe hacer presente además que no es posible dudar de la legitimidad o veracidad de la información que contiene un documento que no es posible leer. Cada oficina de certificación de origen requiere de documentos legibles que permitan revisar la información contenida en el Certificado de Origen. Los productos y cantidades a certificar se obtienen de la factura de exportación, la cual debe estar completamente legible para efectuar una revisión confiable y rigurosa. Adicionalmente y como respaldo para el resto de la información contenida en el Certificado de Origen, se utilizan los documentos propios de la operación de exportación y de comprobación de origen, tales como DUS, B/L, Guía aérea, Fichas técnicas, Declaraciones Juradas, entre otros, los cuales también deben encontrarse completos y legibles. Por lo tanto, si los datos no son legibles, es imposible realizar la tarea de verificación documental y de origen, y emitir responsablemente un Certificado de Origen.

Respecto del comentario sobre la solicitud, de parte de DIRECON o de las entidades certificadoras, del inventario de su producción. Al respecto, se puede señalar que existe un error en la interpretación de lo que se solicita, o bien queda de manifiesto una falta de conocimiento sobre la certificación de origen de parte de los mismos agentes de aduanas. Lo que frecuentemente se solicita es información sobre el valor de los componentes que fueron producidos por la empresa exportadora y el valor de componentes fabricados por otras empresas nacionales. Estos datos son esenciales para determinar el cumplimiento o no del requisito de origen denominado Valor de Contenido Regional (VCR).

También existen casos puntuales, en los cuales una empresa exportadora califica con dos condiciones: 1) exporta bienes fungibles y 2) es importadora del mismo bien que exporta. En este caso, las oficinas de certificación de origen solicitan a la empresa un control de inventarios de su producción, que se maneje de manera separada del control de inventario del mismo producto importado. Esta información permite acreditar que el producto a exportar es de origen chileno y cumple las normas de origen establecidas en el Acuerdo Comercial correspondiente.

En cuanto a la revisión de las facturas electrónicas, se tienen ciertos reparos sobre lo señalado en la publicación, por cuanto no ha sido una situación que demore el proceso de certificación de origen. Es importante destacar que las revisiones de las facturas de exportación, sean éstas electrónicas o en medio impreso, siempre se han realizado y continuarán realizándose para evitar que éstas sean cuestionadas en un proceso de verificación de origen. En este caso, el error u omisión se traslada al certificado de origen. Dicha situación debe ser corregida, pues el certificado de origen y los documentos de respaldo, deben contener toda la información requerida para su emisión en Chile y para su aceptación en las aduanas de destino.

Es importante destacar que últimamente se han recibido y cada vez en mayor número, solitudes de verificación de origen de parte de las aduanas de países con los cuales se tienen acuerdos comerciales. Por tal motivo, se hace más que necesaria la rigurosidad en la emisión de certificados de origen.

Adicionalmente, es importante señalar que hace unos meses se presentó un caso que fue de público conocimiento, acerca de un exportador nacional que hizo uso de certificados de origen en forma fraudulenta, con lo cual se presentaron demandas y denuncias. Por lo anterior, el problema que se presenta es que los exportadores nacionales que realizan operaciones al exterior en forma legal, se verán perjudicados por empresarios que hacen mal uso de este documento.

Finalmente, con el propósito de ir apoyando de mejor manera al sector exportador nacional, se llevará a cabo una evaluación, en conjunto con las entidades pre-certificadoras, acerca de los procedimientos que tienen relación con estas materias.

Miguel Arévalo
Jefe Departamento Certificación y Verificación de Origen
DIRECON