EDICIÓN NÚMERO 309 MAYO 2024

Así como en el número anterior publicamos el contenido de una carta que recibimos de la DIRECON, esta vez fue la SOFOFA quien reaccionó entregándonos sus comentarios acerca del artículo en referencia.

En la nota del 14 de noviembre pasado, la subgerente de comercio exterior de SOFOFA nos hace presente que su rol de ente certificador lo realiza por delegación de la DIRECON, lo que obliga a esta entidad gremial a actuar siguiendo con estricto apego las exigencias establecidas en los acuerdos comerciales.

Por razones de espacio no podemos reproducir la carta en su totalidad, sin embargo transcribimos las partes que consideramos más importantes:

“En relación a los comentarios sobre el rol de las unidades certificadoras, quisiera precisar que estas actúan por delegación de DIRECON, es decir, en representación del Gobierno de Chile, lo que las hace actuar apegadas a la legislación y/o exigencia establecida en cada uno de los acuerdos comerciales que nuestro país ha suscrito. Además, hay que considerar que la emisión de un Certificado de Origen, acredita que el producto a exportar cumple con todas y cada una de las exigencias necesarias, a fin de recibir los beneficios arancelarios en el país importador, el cual se encuentra facultado para que posteriormente haga las verificaciones de origen, corroborando así que quien certificó lo hizo conforme a las disposiciones y con los documentos para tal efecto.

Lo anterior, hace exigible todos los antecedentes que se estime importante para respaldar fehacientemente la calidad y composición de los productos a los cuales se les otorgue un Certificado de Origen. Más aún cuando esta certificación origina una preferencia arancelaria en el país de destino de las exportaciones chilenas.

Le recuerdo, además, que SOFOFA realiza talleres de certificación de origen periódicamente, los que tienen como objetivo facilitar la comprensión de las normas de origen, así como las indicaciones para un buen llenado de los formularios, evitando así reparos.”

También la carta de la SOFOFA contiene un párrafo respecto del artículo que publicamos en el Pulso 218 –Emisión de certificados de origen Chile-Perú–, con respecto a las especiales exigencias de Perú en cuanto a que es obligación emitir un certificado de origen por cada factura comercial, situación que fue reclamada por los exportadores. En la frase final, nuestro artículo expresa: “SOFOFA destaca que la traba obedece a una interpretación de las autoridades peruanas y no a una restricción impuesta por SOFOFA ni por las autoridades de gobierno de nuestro país”. Aclara SOFOFA que “en ningún caso esta institución ha calificado como traba las disposiciones contenidas en el Acuerdo antes citado…”.

Sobre este último punto, efectivamente la calificación de “traba” ante el requerimiento de obligar a emitir tantos certificados de origen como facturas se suscriban en las exportaciones a Perú, es solo de cargo de nuestra redacción, no correspondiéndole a SOFOFA responsabilidad alguna a este respecto.

Más allá de las importantes consideraciones y puntualizaciones que señala SOFOFA, el espíritu que nos anima es el de simplemente intentar ser un medio que canalice inquietudes y acoja al sector exportador en las diversas dificultades que debe enfrentar día a día en distintos frentes. Así por lo menos lo entendió la DIRECON que nos visitó en nuestras oficinas, y con quienes sostuvimos una grata reunión que fue muy provechosa para ambas partes. En ese encuentro se plantearon diversos casos que fueron abordados y en que la DIRECON, con excelente disposición, nos explicó en detalle algunas materias técnicas. Asimismo, se trataron temas concernientes a lo delicado que está resultando el tema de certificación de origen, lo que explica el mayor rigor de las entidades certificadoras.