EDICIÓN NÚMERO 309 MAYO 2024

Por medio de la resolución 7534 del 28.12.2017, el Servicio de Aduanas aprobó el proyecto Agenda Normativa 2018, que comprende un conjunto de iniciativas, situaciones y casos en donde se ha detectado oportunidades de mejoras. El objetivo de esta Agenda Normativa es estudiar las propuestas seleccionadas durante el transcurso del año y que serán resueltas antes del término del 2018.

Las propuestas de temas son planteadas tanto por el sector público como el privado; en todo caso, es decisión de Aduanas cuáles materias selecciona y cuáles son desechadas, lo que muchas veces deja a los privados con una sensación de insatisfacción ya que hay algunas propuestas que apuntan al corazón de algunos cuellos de botella que no son consideradas, como es por ejemplo el caso del canje del B/L.

En este año las materias acogidas alcanzan a 12 propuestas, las que se explican en un anexo de la citada resolución. Entre los temas más relevantes que formarán parte del trabajo de la Agenda Normativa podemos destacar:

Medida N° 1: Diagnóstico respecto de las DUS sin legalizar:

Comentario: Existe un problema endémico en cuanto a la cantidad de DUS 1er envío tramitados que se encuentran pendientes de legalizar. En este caso debería distinguirse dos situaciones: la de los DUS que tienen constancia de ingreso de mercancía a zona primaria, donde Aduanas obligatoriamente debe regularizar; y la de los DUS cuya tramitación no pasó del 1er envío y en que por distintos motivos este documento no ha sido anulado.

Se estima que ante esta situación es necesario, una vez efectuado el diagnóstico, tomar las medidas o dictar las instrucciones para solucionar estos casos que quedan sin resolver por meses.

Medida N° 3: Revisión del procedimiento para la tramitación de los SMDA.

Se propone que las SDA (Solicitudes de Modificación a Documento Aduanero), se tramiten y notifiquen en su totalidad en forma electrónica y que se acote el plazo de su aprobación o rechazo.

Todas las medidas tendientes a mejorar los plazos y simplificar los procesos son bienvenidas; el tema de los SMDA que no son electrónicos y automáticos es un aspecto en que sin duda es interesante de mejorar.

Medida N° 4: Revisión de forma de conceder prórroga de plazo para la legalización de los DUS.

Se pretende eliminar la prórroga manual de los DUS, traspasando un mayor plazo en forma directa a los agentes de aduana. De prosperar esta iniciativa se aumentaría los 10 días que concede Aduanas sin necesidad de presentar solicitudes manuales.

Medida N° 5: Proceso de devolución de derechos por aplicación tardía de tratados comerciales, según el medio de transporte de la mercancía.

La idea, que fue planteada por la Aduana de Valparaíso, pretende simplificar el intenso ajetreo y la burocracia que conlleva el proceso de devolución de derechos. Recordemos que la gestión para la obtención este beneficio comienza cuando el agente recibe el certificado de origen en original, luego este mismo profesional debe tramitar una SMDA para modificar todos aquellos ítems de la DIN que deben ser corregidos para aplicar el régimen preferencial. Una vez tramitada la SMDA el agente debe presentar una solicitud acompañando el SMDA y todos los documentos de base, entre ellos, por supuesto, el documento de origen. Con estos antecedentes, Aduana dicta una resolución ordenando la devolución, que es aplicada directamente por Tesorerías.

Medida N° 9: Identificación de los tipos de contingencia y priorización para el establecimiento de planes.

La idea es establecer protocolos o líneas generales para la creación de planes de contingencia para situaciones que con cierta frecuencia se presentan. El caso que aparece como el que provoca más perjuicios corresponde a los paros o movimientos del sector público que impiden el normal funcionamiento de Aduanas.

Medida N° 10: Revisar la posibilidad de eliminar el Packing List en casos de facturas con información suficiente.

A pesar de que, con la sola excepción de los contenedores, el Packing List es un documento de base opcional, Aduanas ha estado aplicando infracciones cuando detecta la inexistencia de este documento. Ello, incluso cuando la factura comercial contenga toda la información relevante respecto del empaque de las mercaderías.