EDICIÓN NÚMERO 309 MAYO 2024

Como consecuencia de las modificaciones efectuadas a la Ordenanza de Aduanas por la Ley 20.997 (D.O. 13.03.2017), se han ampliado las posibilidades de constituir el Mandato para que el agente de aduanas pueda intervenir en representación de importadores y exportadores ante Aduanas.

Es así como el actual Artículo 197 de la Ordenanza de Aduanas establece que este mandato, además del endoso en el B/L, Guía Aérea o CRT, por cada operación, también es factible constituirlo mediante un Poder Especial, otorgado por escritura pública.

Esta nueva modalidad constituye sin lugar a dudas una excelente noticia que aliviará enormemente la gestión aduanera de las operaciones, ya que no sería necesario el endoso en cada documento de transporte, sino que se contaría con este Poder Especial, el cual lo único que requiere es que sea bajo la formalidad de Escritura Pública, documento que se emitiría por única vez y que podría tener incluso vigencia indefinida.