EDICIÓN NÚMERO 309 MAYO 2024

El mes de julio del 2018, el SII publicó el “Nuevo Listado de Paraísos Tributarios”, cuya lista la integran 147 países. Llama la atención que casi todos los países de Centro América están incluidos, siendo especialmente interesante el caso de Panamá, por largo tiempo considerado paraíso tributario y que fue removido del listado actualizado como consecuencia de los esfuerzos que ha realizado este país para dotar de mayor transparencia su sistema financiero y tributario, cumpliendo con los estándares exigidos por la OCDE. También sorprende la inclusión de países como Emiratos Árabes Unidos, Qatar, Tailandia, Taiwán, Vietnam, Venezuela y la Región Administrativa Especial de Hong Kong.

Por otra parte, el año 2018 estuvo marcado por un incremento de las multas asociadas a infracciones por Precios de Transferencia. Estas sanciones recayeron principalmente en aquellas empresas que, habiendo cumplido los requisitos y condiciones para informar sus operaciones transfronterizas, no lo han declarado desde el inicio de la obligación de presentar la DJ 1907, como también a aquellas empresas que habiendo realizado transacciones con empresas domiciliadas en alguno de los países incluidos en el listado de Países con Regímenes Fiscales Preferenciales, no entregaron la DJ 1907 por esas transacciones, desconociendo con ello que la Ley de la Renta indica que esas transacciones deben entenderse como operaciones entre empresas relacionadas y, por tanto, deben cumplir con todas las obligaciones impuestas.

Si bien el SII aumentó su actividad fiscalizadora el 2018 en materia de Precios de Transferencia, también lo hizo Aduanas sobre los Precios de Transferencia informados por importadores y exportadores. Incluso, hubo casos en los cuales las empresas fueron fiscalizadas por ambas instituciones, lo que indica nuevamente la existencia y utilización concreta de mecanismos de intercambio de información entre ambas entidades sobre la materia.

Respecto de lo anterior, se puede señalar que la información solicitada en las Fiscalizaciones de Precios de Transferencia está enfocada en los siguientes aspectos:

- La industria donde participa la empresa.

- La información del grupo multinacional al que pertenece.

- El análisis funcional de la compañía.

- El método de Precios de Transferencia seleccionado y sus resultados.

Toda esta información debiera estar contenida y respaldada por el Estudio de Precios de Transparencia, que es el documento de sustento que acepta la Ley y cuya existencia, calidad e integridad es clave en los procesos de fiscalización y sus resultados.

Los eventos antes mencionados constituyen una clara señal de la creciente importancia que los Precios de Transparencia están adquiriendo para el SII en sus procesos de fiscalización a nivel de determinación de la renta de las empresas, para efectos de Impuesto a la Renta de Primera Categoría, y advierten sobre el carácter que podría asumir la actuación de la administración tributaria en esta materia durante los próximos años, más aún cuando las pretensiones de recaudación siguen en aumento dadas las necesidades del Estado para cumplir sus compromisos sociales.

La imposición de multas en el año 2018 y la comprobación de la existencia de incumplimiento, producto del mayor manejo de información interna y externa del SII, podría tener como corolario un incremento en las Fiscalizaciones de Precios de Transferencia durante el 2019 y 2020.

Fuente: Informativo de la empresa de auditores externos Figueroa, Bascuñán & Asociados.