EDICIÓN NÚMERO 309 MAYO 2024

Por intermedio del Decreto N° 9 del 11 de enero pasado (D.O. 19.01.2019), el Ministerio de Hacienda dispuso la aplicación de un derecho antidumping provisional ascendente al 9%, a las bolas de acero forjadas para molienda, de diámetro inferior a 4 pulgadas, que sean originarias de la República Popular China y que correspondan a la Partida Arancelaria 7326.1110.

El derecho antidumping se encuentra vigente desde su publicación en el Diario Oficial y se mantendrá hasta que se resuelva la aplicación o no de medidas definitivas.

En todo caso, su duración no podrá exceder del término de seis meses.