EDICIÓN NÚMERO 309 MAYO 2024

A través de la resolución 52 del 20 de abril pasado, el Servicio de Impuestos Internos ha instruido que los exportadores de servicios estarán obligados a presentar ante esa repartición una petición administrativa, la que se materializará por medio del Formulario 2117 y se ingresará en la página Web del Servicio de Impuestos Internos en la materia “Solicitud de Inscripción como Exportador de Servicios”.

Para lo anterior, el exportador de servicios deberá tener registrado a lo menos un giro de actividad económica de servicio afecto al Impuesto al Valor Agregado en primera categoría. La Dirección Regional o Dirección de Grandes Contribuyentes deberá verificar lo anterior, y conforme a ello, emitir la Resolución que corresponda, la que deberá ser notificada al interesado.

Para solicitar la solicitud de IVA Exportador F3600, los contribuyentes deberán encontrarse previamente identificados y tener registrado el atributo correspondiente.