EDICIÓN NÚMERO 309 MAYO 2024

A través de los Oficios Circulares N° 155 y N° 167 de fechas 30.04.2020 y 19.05.2020, la Subdirección Técnica del Servicio Nacional de Aduanas ha complementado los Oficios Circulares emitidos con anterioridad (Of. Cir. N°121 del 26.03. 2020, N°131 del 01.04.2020 y N° 139 del 16.04.2020) donde se establecen facilidades para la aceptación de la prueba de origen en el marco de las directrices establecidas en la Resolución Exenta N° 1179 del Servicio Nacional de Aduanas.

En los dos Oficios Circulares emitidos en fecha reciente, la referida autoridad técnica de la Aduana recoge una comunicación de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, donde se señalan las medidas de contingencia adoptadas por las diferentes economías respecto de la acreditación del origen de las mercancías. Entre estas medidas destacan:

Argentina: Certificados de origen emitidos en formato PDF, imagen u otro formato similar y/o copia. También se mantiene vigente la alternativa de tramitar con certificados de origen digital emitidos a través de despachadores web, en los términos dispuestos en la Resolución Exenta N° 4784/2019 del Director Nacional de Aduanas.

Perú: Copia de los certificados de origen emitidos a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) por las respectivas autoridades competentes.

Brasil: Certificados de origen presentados en formato digital.

México: Certificados de origen emitidos sin firma ni sello, con la posibilidad de verificación ante la autoridad respectiva en el caso de una fiscalización por dudas respecto de la autenticidad del mismo.

Ecuador: Certificados de origen emitidos en formato digital, sin firma electrónica, como copia escaneada del documento físico con sello y firma autógrafa. Lo anterior aplica respecto de la importación, no así respecto de la solicitud de devolución de derechos, donde se requiere certificado en original.

Bolivia: Certificados de origen en copia.

Noruega (EFTA): Certificados de origen (EUR 1) emitidos en versión electrónica, con sello electrónico de Aduanas y firma electrónica, además de la firma del exportador.

India: Certificados de origen electrónicos firmados digitalmente, sin firma manuscrita adicionada. Considera verificación de autenticidad con código QR o consulta a través de browser que se dispone al efecto.