EDICIÓN NÚMERO 309 MAYO 2024

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Uno de los problemas álgidos en las importaciones de productos sujetos a derechos específicos era que Aduanas no permitía operar a través de declaraciones de importación anticipadas. Ello obligaba a los importadores de estas cargas graneleras a tener que utilizar el Almacén Particular de Importación (DAPI), lo que generaba diversas complicaciones, en especial debido a que los destinos donde se almacenaban estos graneles que habían sido previamente designados en la DAPI, y por la dinámica misma del negocio, estaban sujetos a cambios de última hora, lo que producía graves y delicados inconvenientes, al tener que reaccionar sobre la marcha y solicitar modificaciones urgentes para no incurrir en alguna anomalía con Aduanas.

Ahora, en cambio, la resolución de Aduanas 002413 del 13 de octubre recién pasado establece un completo procedimiento, autorizando la viabilidad de presentar DIN anticipadas para graneles sujetos a derechos específicos, con lo que, además de disminuir el riesgo de incumplir alguna normativa, soluciona un tema muy sensible.

El concepto que ha señalado Aduanas para este tipo de importaciones es que el despachador deberá declarar un derecho provisorio, que será calculado en base a los derechos y rebajas que correspondan a la fecha de arribo estimada del vehículo, señalada en el manifiesto. Este derecho provisorio deberá ser ajustado sobre la base de los derechos y rebajas definitivos vigentes a la fecha de presentación del manifiesto o fecha de recepción del vehículo.

La nueva instrucción del Servicio de Aduanas para subsanar las diferencias que se produzcan entre lo declarado y lo efectivamente llegado se efectuará a través de una Solicitud de Modificación de Documento Aduanero (SMDA), que podrá tramitarse por vía electrónica.

Consideramos excelente la nueva medida impartida por Aduanas, largamente esperada por los usuarios y que viene a solucionar un antiguo problema.