EDICIÓN NÚMERO 309 MAYO 2024

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El novel Instituto Chileno de Derecho Aduanero (ICDA), a pocos meses de ser creado se ha transformado en un actor importante en el análisis de materias, contingencias y otros aspectos del quehacer aduanero. Como consecuencia de ello, el ICDA ha elaborado algunas propuestas de mejoras en el proceso fiscalizador aduanero que son muy interesantes, pues contribuyen a plantear un debate que es necesario y que además tiene por finalidad modernizar y ajustar las normas y criterios con que se desarrolla la actividad fiscalizadora.

En relación con lo anterior, hace solo algún tiempo el ICDA preparó un estudio que aborda varias materias, todas muy importantes; sin embargo, hemos elegido un tema que nos parece especialmente relevante y que corresponde a las diferencias entre las facultades, recursos administrativos que existen entre Aduanas y el Servicio de Impuestos Internos.

La tónica general es que los particulares tienen muchas más herramientas para ejercer sus derechos ante el SII que Aduanas, lo que indudablemente llama la atención y esto se explica porque existe más deliberación, estudio y propuestas de actualización de las normas en el organismo tributario que el aduanero. Ello es quizás entendible, ya que el impacto y relevancia del SII, por el volumen de tributos que recauda y el alcance que tiene, hace que este organismo esté mucho más expuesto y afecta en forma más directa al ciudadano común. En cambio, Aduanas es un rubro más bien de nicho, algo aislado y a pesar de que recauda un tercio de los tributos nacionales, es un área muy especializada que sigue siendo un misterio para muchos.

También hay que considerar que las modificaciones a la Ordenanza de Aduanas (hasta el nombre es añoso –con perdón de los románticos–, este debería ser “Código Aduanero”) provienen en general del ámbito público y propuestas de los particulares son escasamente consideradas. Por ello muchos de los cambios de la ley aduanera tienen sesgos claros de orden fiscalista y se encuentran alejados del mundo real, ya que las propuestas del sector privado tanto en el poder ejecutivo como en el Parlamento son en general desoídas.

Algunos ejemplos de las propuestas de ICDA en cuanto a la asimetría del SII y el Servicio de Aduanas, en términos de menores posibilidades de recursos e instancias de apelación que pueden ejercer los particulares en materias aduaneras respecto de Impuestos Internos:

- Catálogos Derechos de Contribuyentes y Defensoría.
- Modernización facultades de fiscalización.
- Recurso de Queja y limitación fiscalización respecto de plazos de prescripción.
- Revisión de la Acción Fiscalizadora (RAF) y Recurso jerárquico.
- Reposición Administrativa plazos disímiles entre ambos Servicios y con efecto en TTA.
- Prohibición doble fiscalización.
- Allanamiento Fisco.
- Carga de la prueba y Avenimiento.
- Medidas y sanciones susceptibles de ser conocidas por los TTA.
- Conciliación delegada.
- Recursos de Casación.