EDICIÓN NÚMERO 309 MAYO 2024

patenteAutos296

El pasado 13 de febrero se publicó en el Diario Oficial la Ley 18.290, que suprime la excepción a la exigencia de patente única para la circulación de vehículos nuevos adquiridos en Chile.

En su artículo primero, la nueva ley señala que el Ministerio de Transportes dispondrá de un plazo de 9 meses desde la publicación en el Diario Oficial para dictar el reglamento a que alude el número 3 del artículo 54 de la ley en referencia.

Este número 3 indica: los vehículos nuevos con peso bruto vehicular igual o superior a 3.860 Kg sólo puedan desplazarse por sus propios medios y únicamente para fines de traslado a las dependencias del comercializador. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones determinará la forma y los requisitos con que estos vehículos podrán circular sin el uso de la patente única mediante un reglamento.

Esta ley, que afecta a la ley de tránsito, regirá a contar del 13.11.2023 y tendrá incidencia en los vehículos nuevos que sean retirados desde la zona primaria aduanera, situación que podría complicar los aspectos operativos en el proceso de importación de vehículos. Es por lo anterior que el Ministerio de Transportes está consultando a los distintos actores que intervienen en la cadena logística de la importación de vehículos, de manera que planteen sus observaciones y sugerencias de forma que sean considerados en el reglamento a promulgar y no se entorpezca el flujo en el proceso operativo.

Sin duda que la oportunidad que plantea el Ministerio de Transportes para hacer aportes es muy conveniente y oportuna, ya que la experiencia práctica es un factor que debe ser tomado en cuenta al momento de emitir el reglamento. De lo contrario se pueden generar cuellos de botella innecesarios que agravarían la congestión, que por momentos ha sido crónica en algunos de nuestros puertos.