EDICIÓN NÚMERO 309 MAYO 2024

oficina296

A través de la resolución 0992 del 22.03.2023, el Servicio de Aduanas ha impartido nuevas normas para las modificaciones de las Declaraciones Únicas de Salida que se encuentren legalizadas, esto es, que ya estén con su tramitación aduanera finalizada. 

Recordemos que la tramitación de los DUS consta de dos etapas, la de Aceptación a Trámite, que es condición para que las mercancías puedan ingresar a la zona primaria aduanera, y la segunda tramitación, denominada Legalización, que debe ser gestionada una vez realizado el embarque y se disponga de los documentos requeridos.

Hasta ahora, las modificaciones a las DUS legalizadas debían tramitarse en forma manual, lo que implicaba tiempos de gestión bastante largos, complicando a los exportadores para finiquitar sus embarques y eventualmente podía ocasionar demoras en la recuperación del IVA, así como también de otros inconvenientes administrativos.

Recordemos que toda modificación a las DUS debe realizarse mediante una Solicitud de Modificación Documento Aduanero (SMDA) y que en los casos de la primera etapa –Aceptación a Trámite– es permitido efectuarlo por medios electrónicos y con aceptación automática. Lo que ocurre con la dictación de la nueva resolución es que ahora también se incorpora la DUS legalización, lo que debería agilizar los tiempos de respuesta de Aduanas.

Cabe señalar que modificar una DUS ya legalizada, y dependiendo de los campos que se modifiquen, puede tener consecuencias en otros servicios, sobre todo cuando se trata de valoración, en que podría tener un impacto en la recuperación del IVA. Por ello, el agente de aduanas debe igualmente remitir los documentos y respaldos que justifiquen las correcciones solicitadas. A pesar de que la tramitación del SMDA es electrónica quedará pendiente de revisión, hasta que supere las validaciones del sistema informático, como también del funcionario de aduanas.

En todo caso, se valora este cambio, ya que supone una mejora en los tiempos porque se implementará un sistema que llevará un control de las presentaciones tanto para el usuario como para Aduanas, y simplificará la tramitación de los SMDA. 

Las instrucciones contenidas en la citada resolución entraron en vigencia el martes 28 de marzo.